Es sabido que desde 1991, la C.P. de Colombia, rezo en su artículo 12; nadie será sometido a maltratos, tortura o tras inhumanos, ha sido otro artículo más que se ha quedado adscrito a un papel como suele quedar tantas leyes, artículos y credenciales que rezan sobre la protección y amparo de los ciudadanos colombianos para quienes los principios fundamentales establecidos en la C.P. solo son palabras, porque lo que se percibe en nuestro país Colombia, es totalmente los contarios. Todo lo antes indicado, es con el objetivo de que nos concienticemos a la hora de hacer daño tanto físico como psicológico a cualquier ser humano que hace parte de nuestro planeta; por medio de la reflexión.